¿Eres empleador? Así puedes contratar legalmente a una persona extranjera
La migración ha crecido con fuerza en Chile, y muchas empresas se preguntan cómo pueden contratar de forma legal a una persona extranjera.
El proceso puede parecer confuso, ya que existen diversas leyes, trámites y responsabilidades que deben cumplir tanto la empresa como el trabajador. Por eso, en esta guía te explicamos paso a paso cómo hacerlo de acuerdo a la normativa vigente.
Guía para contratar trabajadores extranjeros en Chile:
1. Verifica la situación migratoria del trabajador
Antes de contratar a una persona extranjera, lo primero es verificar que tenga permiso para trabajar legalmente en Chile. Esto puede ser:
- Una visa sujeta a contrato o de residencia temporal con autorización para trabajar.
- Un permiso especial otorgado por el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), en el caso de personas con Permanencia Transitoria.
- Una residencia definitiva o en trámite con autorización laboral.
Importante: No se puede contratar a una persona extranjera que no cuente con autorización expresa para trabajar.
2. Formaliza el contrato de trabajo
Una vez confirmada la autorización para trabajar, se debe firmar un contrato que cumpla con el Código del Trabajo:
- Debe ser por escrito.
- Identificar a ambas partes.
- Especificar la naturaleza del trabajo, sueldo, jornada, duración del vínculo.
- Registrar el contrato ante la Dirección del Trabajo.
¿Y si no tiene RUT aún?
Puedes firmar el contrato con:
- RUT provisorio (emitido por el SII): permite contratar legalmente mientras se tramita la residencia.
- Pasaporte: solo si el permiso migratorio autoriza a trabajar y el contrato está notariado.
La cláusula de repatriación ya no es obligatoria bajo la nueva Ley de Migraciones (N° 21.325), pero puede incorporarse como buena práctica.
3. Afiliación previsional y de salud
Todo trabajador extranjero debe ser afiliado a:
- Una AFP (Administradora de Fondos de Pensiones).
- Un sistema de salud (Fonasa o Isapre).
¿Hay alguna excepción?
Sí. El artículo 17 del DL 3.500 establece una excepción para técnicos o profesionales extranjeros que:
- Acrediten su calidad de técnico o profesional.
- Presenten una declaración jurada ante la AFP indicando su voluntad de mantener su sistema previsional de origen.
- Incluyan en el contrato una cláusula expresa sobre la exclusión previsional.
Aunque estén exentos de cotizar en AFP y salud, deben cotizar obligatoriamente al Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (Ley 16.744).
4. Cumple con tus obligaciones tributarias
Al contratar a una persona extranjera, debes retener parte de su sueldo y pagar el Impuesto Único de Segunda Categoría al SII. El tratamiento tributario varía según su situación migratoria:
- Menos de 3 años en Chile: tributa solo por rentas obtenidas en el país.
- Más de 3 años: tributa por sus rentas mundiales.
- No residente: tributa solo por rentas de fuente chilena.
Se consideran parte de la renta imponible:
- Vivienda proporcionada por la empresa.
- Transporte o alimentación pactados en el contrato.
- Bonos o aguinaldos.
Gastos directamente relacionados con el trabajo (como traslados o alojamiento justificados) no se consideran renta.
5. Considera otras obligaciones legales
Regla del 85/15
- Si tu empresa tiene más de 25 trabajadores, al menos el 85% debe ser chileno.
- Solo el 15% puede ser extranjero, salvo excepciones establecidas en la ley.
Validación de títulos
Si el cargo requiere formación técnica o profesional, el trabajador extranjero debe presentar títulos legalizados o reconocidos oficialmente en Chile.
Contratar a una persona extranjera es legalmente posible y puede ser un gran aporte para tu empresa, siempre que cumplas con la normativa vigente.
Asegúrate de:
- Verificar su permiso migratorio.
- Firmar un contrato válido.
- Inscribirlo en previsión y salud (o aplicar la excepción si corresponde).
- Cumplir con tus deberes tributarios.
Si tienes dudas, revisa más información oficial en: www.mintrab.gob.cl
Beneficios de trabajar formal
Tener un trabajo con contrato te da más que un sueldo, accedes a protección, respaldo económico en momentos difíciles (accidentes, enfermedad, cesantía, etc.) y tranquilidad para ti y tu familia.
Aquí te contamos lo más importante que ganas cuando estás formalizado:
Acceso a salud para ti y tu familia y licencias médicas
Acceso a salud para ti y tu familia y licencias médicas Cotizar te da derecho a cobertura por atención médica a través de Fonasa o una Isapre. Puedes acceder a consultas, hospitalización, medicamentos y exámenes con copago o bonos. También protege a tus hijos si los tienes como carga y permite acceder a licencias médicas pagadas (incluidas licencias maternales).
Ley SANNA
Seguro obligatorio que permite a padres, madres o cuidadores legales ausentarse justificadamente de su trabajo para cuidar a hijos o hijas menores de 18 o 15 años dependiendo de la enfermedad, afectados por condiciones graves de salud, recibiendo un subsidio que reemplaza total o parcialmente su remuneración durante ese período.
Pensión para tu futuro
Cada vez que cotizas, estás construyendo un ahorro que te servirá para tener ingresos cuando dejes de trabajar. Es una forma de cuidar tu vejez y no depender de otros. Mientras antes empieces, más tranquilidad tendrás mañana.
Seguro de cesantía
Si pierdes tu trabajo, el Seguro de Cesantía te entrega apoyo económico mientras buscas uno nuevo. Cotizar para este seguro te da un respaldo en momentos difíciles y te permite enfrentar el desempleo con mayor tranquilidad. Si cotizas, además con la Reforma de Pensiones, durante periodos de cesantía la AFC financiará tu cotización para pensiones.
Protección en caso de accidente laboral
El Seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP) cubre atención médica, licencias e incluso pensión si te accidentas trabajando o camino al trabajo. Es un derecho que solo tienes si estás formalizado y cotizas.