¿Eres empleador? Así puedes contratar legalmente a una persona extranjera

La migración ha crecido con fuerza en Chile, y muchas empresas se preguntan cómo pueden contratar de forma legal a una persona extranjera.

El proceso puede parecer confuso, ya que existen diversas leyes, trámites y responsabilidades que deben cumplir tanto la empresa como el trabajador. Por eso, en esta guía te explicamos paso a paso cómo hacerlo de acuerdo a la normativa vigente.

Guía para contratar trabajadores extranjeros en Chile:

Contratar a una persona extranjera es legalmente posible y puede ser un gran aporte para tu empresa, siempre que cumplas con la normativa vigente.

Asegúrate de:

  1. Verificar su permiso migratorio.
  2. Firmar un contrato válido.
  3. Inscribirlo en previsión y salud (o aplicar la excepción si corresponde).
  4. Cumplir con tus deberes tributarios.

Si tienes dudas, revisa más información oficial en: www.mintrab.gob.cl

Beneficios de trabajar formal

Tener un trabajo con contrato te da más que un sueldo, accedes a protección, respaldo económico en momentos difíciles (accidentes, enfermedad, cesantía, etc.) y tranquilidad para ti y tu familia.

Aquí te contamos lo más importante que ganas cuando estás formalizado: 

Acceso a salud para ti y tu familia y licencias médicas

Acceso a salud para ti y tu familia y licencias médicas Cotizar te da derecho a cobertura por atención médica a través de Fonasa o una Isapre. Puedes acceder a consultas, hospitalización, medicamentos y exámenes con copago o bonos. También protege a tus hijos si los tienes como carga y permite acceder a licencias médicas pagadas (incluidas licencias maternales). 

Ley SANNA

Seguro obligatorio que permite a padres, madres o cuidadores legales ausentarse justificadamente de su trabajo para cuidar a hijos o hijas menores de 18 o 15 años dependiendo de la enfermedad, afectados por condiciones graves de salud, recibiendo un subsidio que reemplaza total o parcialmente su remuneración durante ese período.

Pensión para tu futuro

Cada vez que cotizas, estás construyendo un ahorro que te servirá para tener ingresos cuando dejes de trabajar. Es una forma de cuidar tu vejez y no depender de otros. Mientras antes empieces, más tranquilidad tendrás mañana.

Seguro de cesantía

Si pierdes tu trabajo, el Seguro de Cesantía te entrega apoyo económico mientras buscas uno nuevo. Cotizar para este seguro te da un respaldo en momentos difíciles y te permite enfrentar el desempleo con mayor tranquilidad. Si cotizas, además con la Reforma de Pensiones, durante periodos de cesantía la AFC financiará tu cotización para pensiones.

Protección en caso de accidente laboral

El Seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP) cubre atención médica, licencias e incluso pensión si te accidentas trabajando o camino al trabajo. Es un derecho que solo tienes si estás formalizado y cotizas.

Preguntas frecuentes
¿Qué requisitos debe cumplir un extranjero para ser contratado legalmente en Chile?
Debe contar con una visa habilitada para trabajar o un permiso en trámite. En caso de cargos técnicos o profesionales, debe acreditar sus títulos legalizados o reconocidos oficialmente en Chile.
Sí, pero solo si el permiso migratorio autoriza expresamente a trabajar, el contrato está notariado y contiene las condiciones laborales. Se recomienda gestionar el RUT provisorio.
En empresas con más de 25 trabajadores, al menos el 85% debe ser chileno. Solo el 15% puede estar compuesto por personas extranjeras, salvo excepciones reguladas por ley.
Una visa que permita actividades remuneradas o un permiso de trabajo en trámite, gestionado ante el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG).
No, salvo que obtenga un permiso especial para trabajar en funciones específicas (por ejemplo, técnicos, artistas o conferencistas), gestionado ante el SERMIG.
Sí. Se puede contratar con un RUT provisorio emitido por el SII o, en algunos casos, con pasaporte si el contrato está notariado y autorizado por el permiso migratorio. En ambos casos, el empleador debe formalizar el contrato y realizar la afiliación previsional y de salud.
No es legal. Solo se puede contratar a una persona extranjera si cuenta con autorización vigente o en trámite con permiso para trabajar.
Debes retener y pagar el Impuesto Único de Segunda Categoría al SII. La tributación dependerá de su condición migratoria y de residencia fiscal.
Sí, salvo que sean técnicos o profesionales extranjeros y opten por mantener su sistema previsional original bajo el artículo 17 del DL 3.500. Deben acreditar su calidad técnica, declarar su intención ante la AFP y contar con una cláusula contractual expresa. Aun así, deben cotizar por accidentes del trabajo (Ley 16.744).
Los gastos razonables directamente relacionados con el trabajo, como traslados, pasajes o alojamiento debidamente justificados, no se consideran renta y no pagan impuestos.
Debe actualizar su información ante la AFP, sistema de salud, el SII y el empleador. Esto puede afectar su régimen previsional y tributario.
Solo si cumple con los requisitos del artículo 17 del DL 3.500, y si presenta la documentación correspondiente. De todas formas, puede optar voluntariamente por cotizar en Chile si lo desea.
No, salvo que obtengas un permiso especial para trabajar en funciones específicas como técnico, artista o conferencista.
Debes iniciar un proceso de regularización. Si se aprueba, puedes obtener una autorización de trabajo en trámite que habilita una contratación formal.
Sí, si tu permiso migratorio lo autoriza y el contrato está notariado. Sin embargo, se recomienda iniciar el trámite del RUT provisorio lo antes posible.
Sí. Si llevas menos de tres años en Chile, tributas por ingresos de fuente chilena. Si llevas más de tres años, debes declarar tu renta mundial. Si no resides en Chile, solo tributas por ingresos obtenidos en el país.
Sí, salvo que califiques como técnico o profesional extranjero y optes formalmente por mantener tu sistema previsional original. Esta decisión debe declararse ante la AFP.
Sí. Incluso si estás legalmente exento, puedes solicitar voluntariamente tu afiliación a una AFP y cotizar como cualquier trabajador formal.